31.1.06

INTERESES OSCUROS

A Pedro Farré le hacen una entrevista en La Voz de Galicia. Es curioso que lo presenten como director del Gabinete de Relaciones y Gobierno Corporativo de la Sociedad General de Autores de España cuando el cargo es en realidad de la Sociedad General de Autores y Editores. La diferencia no es sutil, pero seguro que es un simple error tipográfico y no la nostalgia.

Pedro Farré afirma, hablando del copyleft, que es un movimiento alentado por intereses oscuros llegando a decir que Microsoft y Google y otras empresas tecnológicas están detrás de este movimiento.

Desde luego que yo no puedo saber si Microsoft, Google y otras empresas tecnológicas “ya” están detrás del copyleft. Pero que cada día somos más y que si no lo están todavía, lo estarán en breve; es presumible. Creo que hasta los Gobiernos lo estarán (Francia y Brasil ya hablan del tema).

Puede ser que cuando habló de “intereses oscuros” no recordara que la propia SGAE ha creado su propia licencia copyleft. O puede que precisamente por recordarlo. Desde luego en cualquier caso es tirar piedras sobre su propio tejado. Que él mismo hable de intereses oscuros sobre algo que practica su propia SGAE, el copyleft, resulta innovador para un director del Gabinete de Relaciones.

A la pregunta de cómo ven el proyecto de Ley de Propiedad Intelectual contesta diciendo tenemos una batalla abierta para lograr que la remuneración compensatoria por copias privadas se aplique también a los nuevos dispositivos electrónicos, como las PDA.

¿Las PDA también? CDs, DVDs, discos duros, ADSL, Cable, móviles y también PDA. ¡Ñosss!

La entrevista termina con una queja; El otro día Buenafuente hacía un sketch en donde la SGAE aparecía como si fueran unos mafiosos. Él tiene que comprender que también vive de sus derechos de autor.

Puede que Buenafuente solo caricaturice un sentimiento generalizado hacia quienes pretenden cobrar canon hasta en las PDA, puede que Buenafuente entienda que ya tiene un magnífico sueldo por su trabajo que le abona Antena 3 sin necesidad de intermediarios y que no le parezca buena idea que otros elementos de la cadena de valor sigan ganando dinero 50 años después de su muerte. Quien sabe.

15 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Amenaza vedada a BF?
Después de lo que le pasó a Alaska, suena la queja a 'te vamos a hundir'... y luego dicen que no son mafiosos

Anónimo dijo...

la Santa Gestapo Antidemocratica y Extorsionadora, pronto se va a quedar sin feligreses.
Tiempo al tiempo.

Enrique Mateu dijo...

Ameeeeeeeeeeen

Anónimo dijo...

¿Tengo que pagar una parte de beneficioas que obtenga por mi obra a la SGAE?.

Gracias

Enrique Mateu dijo...

El usuario anónimo dijo...
¿Tengo que pagar una parte de beneficioas que obtenga por mi obra a la
SGAE?.


La cuestión es más dura. Tengo entendido (porque así me lo dijeron ellos mismos) que según la ley la SGAE tiene concedida la Gestión Colectiva. Esto significa que solo ellos pueden cobrar por obra. Dicho de otra manera; los creadores no podemos cobrar por nuestro trabajo directamente sino mediante su mediación obligatoria.

Así que no es que les tengas que dar parte de tus beneficios, es que solo ellos pueden cobrar por ti, lo que ellos consideren y luego, un tiempito después y descontando su porcentaje, descontando otro porcentaje para la lucha contra la piratería mala, mala malísima y las retenciones pertinentes, te darán lo que sobre. ¿Que te parece?

Anónimo dijo...

A mí me viene a la mente AL CAPONE

Anónimo dijo...

Gracias por la Repuesta Enrique. Pero no se si he entendido bien. Si yo autoedito una obra, ¿un porcentaje de los beneficios se los quedan ellos ?, ¿tengo que hacerselo saber?,¿no puedo colgarlo en internet?...

Gracias.

Anónimo dijo...

Si tu te autoeditas una obra no tienes que pagar nada (siempre que no estes afiliado a esa asociacion) aunque es bastante dificil editar sin tener que pasar por SGAE (pero se puede), lo que pasa es que no podras cobrar (indirectamente) por el uso que hagan de tu obra(cuando la pongan en radios, discotecas etc), cobraras los caches y demas cosas directas.

O si no quieres cobrar y lo haces por amor al arte (nunca mejor dicho) nadie cobrara nada.

Sobre lo de la red, no hay problemas (repito sp que no pertenezcas a esta asociacion o tengas una acuerdo con otra entidad similar.)

Creo que es mas o menos asi, s no Enrique corrigeme.

Manu

Anónimo dijo...

Seguimos con "problemas legales".
¿Donde dice la ley esto?:

"Tengo entendido (porque así me lo dijeron ellos mismos) que según la ley la SGAE tiene concedida la Gestión Colectiva."

Ojo ... que aunque lo dijera el Sr. Farré, por muy abogado que sea, no le confiere rango de ley.

Dicha gestión, por ley, depende de las sociedades de gestión correspondientes. Eso no quiere decir que sea a una en concreto, ni que tenga que ser necesariamente una sola (puede existir mas de una).

Enrique Mateu dijo...

Correcto, si eres socio SGAE tienes que pasar por caja (salvo si haces esa licencia nueva pseudo copyleft de SGAE que no pagas nada de entrada pero te quedas endeudado para toda la vida).

La forma es no ser socio de ninguna sociedad de gestión y acogerte a una licencia copyleft.

Y sobre la cuestión de la gestión colectiva... ¡llamemos a las cosas por su nombre! SGAE es el monopolio de la gestión de derechos de los autores y editores. No hay otra. SGAE fue quien tramitó la petición. La contestación se envió a la SGAE. ¿Como prefieres llamarlo?

Anónimo dijo...

No, Enrique.
Si te refieres a autores MUSICALES, entonces estamos de acuerdo ... pero, hay mas autores ademas de los musicales, ¿verdad?.

Por eso decia que no es como aparenta ser. Sociedad General de AUTORES y EDITORES, parece que es la entidad que representa (gestiona, etc.) a TODOS los autores y editores, y eso está muy lejos de ser una realidad.

Otra cosa: si vengo aqui a discutir contigo (bien interpretado el sentido de la palabra "discutir") es siempre con la intención de CONSTRUIR. No deseo que de esto te quepa la menor duda ;-)

Anónimo dijo...

Una cosa que estoy cansado de escuchar de voces diferentes es esto: "pero te quedas endeudado para toda la vida" (referido a la SGAE).

Yo no sé que tipo de contratos hace la SGAE con sus asociados pero no me creo nada de todo eso.
La LPI deja muy claro como deben de ser los contratos que las entidades de gestión pueden hacer con sus asociados:
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Artículo 153. Contrato de gestión

1. La gestión de los derechos será encomendada por sus titulares a la entidad mediante contrato cuya duración no podrá ser superior a cinco años, indefinidamente renovables, ni podrá imponer como obligatoria la gestión de todas las modalidades de explotación ni la de la totalidad de la obra o producción futura.

2. Las entidades deberán establecer en sus estatutos las adecuadas disposiciones para asegurar una gestión libre de influencias de los usuarios de su repertorio y para evitar una injusta utilización preferencial de sus obras.
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Dado el continuo atesoramiento inmobiliario de la SGAE gracias a aportaciones directas o indirectas de sus socios (en su mayoría) ... una cosa que deberian de conocer todos es esta:
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Artículo 151. Estatutos

12. El destino del patrimonio o activo neto resultante en los supuestos de liquidación de la entidad que, en ningún caso, podrá ser objeto de reparto entre los socios.
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¿A quien está destinado entonces dicho patrimonio?... es que, a lo peor, les han dicho que todo eso es para ellos ... y parece que eso no puede ser así.

Enrique Mateu dijo...

PPPerez, siempre he partido de la base de que si dedicamos algo de tiempo a escribir en blogs es para debatir y aprender con el intercambio.

Ni todos los autores son creadores musicales como bien dices, ni todos los socios de SGAE hacen música, como imagino que sabes. Empezando por su Presidenta, Ana Diosdado, que no ha compuesto una sola nota en su vida y es autora.

Así que no debemos referirnos solo a los autores musicales o editores musicales cuando hablemos de SGAE.

Por otro lado entiendo por tus palabras que no eres ni has sido socio de SGAE. Confírmame tal extremo porque entonces se dificulta nuestra comunicación ya que yo hablo desde mi experiencia personal y puede que tú desde la teoría. Y en este caso la teoría es una cosa y la práctica otra, como suele ocurrir.

Anónimo dijo...

Una pregunta enrique, ¿es obligatorio se AUTOR de algo, (aunque sea de un blog jeje) para ser miembro de SGAE, es decir, yo que no soy autor de nada me puedo dar de alta en SGAE?

Otra cosa, de mis deredehos de autor se lleva algo la SGAE (segun contrato) o simplemente recauda en virtud de gestion.

Manu.

Anónimo dijo...

Enrique, mi unica "relación" con la SGAE es que he sido abducido por ella (como muchas otras personas) y catalogado como pirata, pendejo electronico, y otras cuantas lindezas mas que no estoy dispuesto a consentirles porque la ley (ni ningun juez hasta ahora) ha establecido que asi sea.

Por lo tanto, no ... no he sido ni soy socio de la SGAE (que yo sepa).

Lo que dices sobre diferenciacion entre la teoria y la practica, seguramente será debido a que yo no lo conozco desde adentro (como tu) pero, viendo tan clarito como la ley dice algunas cosas, si algo no funciona de esa manera es porque no se está haciendo correctamente (segun esa ley).

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Respuesta para el ultimo anonimo:
Si no eres autor, ¿a que vas a una entidad de gestion de derechos de autor?
¿Qué derechos propios te van a gestionar si no eres autor de nada?
La nada, no genera ningun tipo de derechos (anque nunca se sabe ... despues de conocer que hasta se ha registrado un ratito de silencio...).