1.7.06

¿EN BROMA O EN SERIO?

Hoy un amigo me ha reenviado un correo a mi buzón de bromas que ya había recibido hace tiempo. Este tipo de correos no son de mi confianza ya que no llevan firma. Así que no tengo ni idea de si lo que afirma en el mismo es una broma de mal gusto, va en serio, o si incluso ahora, con la nueva LPI aprobada, será incluso peor de lo que dice. Juzguen ustedes mismos.

NUESTRO CÓDIGO PENAL

Elegid cuál creéis que es la acción considerada de mayor gravedad:

a.- Alfonso se descarga una canción de Internet.
b.- Alfonso decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una
vez allí, y para no hacer dos viajes, opta por llevarse toda la discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito sino una simple falta (art. 623.1 CP).

a.- Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b.- Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.

RESPUESTA: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el artículo 186 del C.P. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.
a.- Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b.- Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a Susana.

RESPUESTA: Por supuesto, el acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del C.P.
a.- Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas diciéndole que es el "Kill'em All" de Metallica.
b.- Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.

RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave a tenor del artículo 630 del Código Penal.

a.- Ocho personas de un foro de montaña se intercambian copias de sus mapas favoritos por el "emule".
b.- Ocho personas que no son del foro participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro su vidas o su integridad física.

RESPUESTA: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de mapas de Itxina. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal).
Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de mapas de Itxina o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.
Cómo mola nuestro Código Penal, que, por cierto, acaba de dejar a Farruquito en la calle después de:
1) matar a un tío;
2) abandonarlo en la calle como un perro;
3) conducir sin carnet;
4) conducir sin seguro;
5) convencer a su hermano para que mintiera a la policía y se autoinculpase.

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Esas preguntas, ¿ no son entradas del libro "Copia este libro" de David Bravo ?

Enrique Mateu dijo...

Pues si estás en lo cierto entonces no son broma.

Ya tengo excusa para adelantar la lectura del libro de David.

Anónimo dijo...

David Bravo, confirmado. Tenía intención de poner un video sobre el tema del pirateo, donde David exponía brillantemente una defensa argumentada del mismo. Al ver el video en otros blogs, opte por no publicarlo. saludos de un tinerfeño.

Anónimo dijo...

A ver, segun lei en el libro y tal como escuche a David en un debate, esa sería la verdad si se interpretase el codigo penal tal y como lo hacen entidades de gestion, discograficas etc..., que no es la cierta, ya que ningun juez aun les han dado la razon en la descarga y el comportir obras con derechos de autor.

Es decir a mi modo de ver no deja de ser ironico y una forma de hacer ver que la descarga (o copia) de musica no es delito ya que entocnes el codigo penal estaria totalmente loco.

oneras dijo...

En efecto, eso es lo que quería hacer ver David, pero al final el efecto ha sido casi el contrario. Se ha empezado a difundir por toda Internet sin el apostillamiento aclaratorio. Esto sería si las entidades de gestión tuvieran razón y sería demostración de que por cierto, nos han mentido y por eso han cambiado la ley.

Anónimo dijo...

Con respecto a lo de las descargas de internet y a cómo se castiga eso judicialmente, el problema no es tanto lo que se legisle, sino que no existen métodos -ni creo que vayan a existir- para cumplir con lo que amenaza la ley. Son tantas las descargas por programas P2p y tantos los que las hacen, que colapsarían juzgados y llenarían prisiones si nos empezaran a procesar a todos.
Tal como está el asunto, si existe alguna forma a atajar el problema del pirateo no es mediante medidas penales, sino desde la educación (y no me refiero a la educación formal). Sin embargo, eso se hace muy difícil en un mundo donde lo que impera es el consumismo puro y duro. Si nos han enseñado durante toda nuestra vida a obtener lo que queremos de inmediato y que nos cueste lo menos posible, pues es difícil resistirse a la música gratis sin tener que salir de casa. Ahí se la envaíne el mercado, que es el que nos educó así, aunque salen perdiendo, por desgracia, los autores, y ése es el problema.