28.12.07

ELLOS TAMBIÉN PIRATEAN

El comunicado de la Asociación de Música en Internet titulado CANON POR COPYLEFT: UN REGALO DE MAS DE 10 MILLONES DE EUROS PARA LA SGAE, que corto y pego seguidamente, no se si se ajusta a realidad en cuanto a las cifras que maneja. Puede que se queden cortas o largas. Pero lo que sí es indiscutible es que las Sociedades de Gestión se beneficiarán del trabajo intelectual de miles de creadores Copyleft lo cual es, a todas luces, injusto y contrario a sus campañas de medios en las que afirman "proteger el trabajo de los creadores".
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En el 2.008 la SGAE recibirá más de 10 millones de euros solamente del canon de Autores y Artistas Copyleft (autónomos) ajenos a esa Entidad, a los que no repartirá ni un euro.

-El canon que la SGAE ingresará el próximo año por copias y reproducciones de música copyleft, será superior a los 10 millones de euros según los cálculos realizados por AMI (Asociación de Música en Internet)

-Fuera de la SGAE también existe una creación intelectual que proteger. Hay más de cuatro millones de músicos que no están registrados en la SGAE ni en ninguna otra entidad de gestión colectiva y a los que el canon les perjudica.

-A los sitios web que ofrecen música copyleft acceden desde España más de un millón de personas, que pagan por reproducir y copiar música cuyos derechos no están cedidos a la SGAE.

En Marzo de 2.007 esta Asociación ya publicó un informe en el que se acreditaba que el canon perjudica a más de cuatro millones de músicos. Se trata de músicos que distribuyen su trabajo bajo licencias “copyleft”, modalidad que consiste en gestionar los derechos de sus creaciones e interpretaciones de forma autónoma, sin cederlos a terceros. Estos músicos no están afiliados a entidades de gestión colectiva como pueden ser la
SGAE (Sociedad General de Autores y Editores), AIE (Asociación de Artistas, Intérpretes o Ejecutantes) o AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales).

Con las tarifas que se aplicarán en concepto de canon a los productos relacionados en la Orden Ministerial conjunta de Industria y Hacienda, se van a generar unos ingresos a favor de la SGAE de más de ciento quince millones de euros en el próximo año, según un cálculo previo realizado por estos mismos Ministerios.

Parte de esta cantidad corresponderá al canon recaudado por copia y reproducciones de música de autores y artistas “copyleft” que nunca la recibirán puesto que no entrarán en el reparto que la SGAE hace de ese dinero, al no pertenecer a ella ni a ninguna otra entidad de gestión colectiva.

Según los cálculos hechos por AMI, la cantidad recaudada por el canon que generen las canciones de los artistas copyleft accesibles en Internet a través de redes sociales como Myspace o Youtube que permiten la descarga, copia y reproducción libre de su música, será superior a los 10 millones de euros.

El próximo año se generarán mucho más de 10 millones de euros solo por la copia en reproductores mp3 de las canciones disponibles en
Myspace.com. Si además tenemos en cuenta las copias a CD o DVD esta cifra será bastante superior y si contabilizamos también las copias y reproducciones desde otros portales como Youtube, PureVolume, Jamendo, Sounclick o las españolas Musicamp3 o Escucha, por citar algunos ejemplos, esta cifra será aún mayor. El listado completo de sitios web que ofrecen descargas gratuitas de música copyleft está disponible en la web de AMI (asociacionmusica.com).

Solo los datos de Myspace.com ya dicen mucho. El número de usuarios únicos de esta red social es de setenta y cinco millones, que se incrementarán en un 125% el próximo año. El 1% de las visitas a Myspace.com procede de España. (Fuente:
Hitwise.com y Alexa.com)

Podemos decir que, siendo moderados, el próximo año la música copyleft se verá obligada por ley a regalar a la SGAE, con la que nada tiene en común, más de 10 millones de euros.

Ante esta apropiación de la SGAE de un dinero que no le pertenece, la AMI esta preparando diferentes acciones para el próximo año, tanto de carácter social como legal.

20.11.07

Oficina de la Música Popular

El Ministerio de Cultura (INAEM) estudia la puesta en funcionamiento de una Oficina de la Música Popular, con el objetivo de potenciar el conocimiento y difusión de nuestro patrimonio musical popular. Dentro de "Música Popular" reunimos diferentes estilos musicales que incluyen jazz, flamenco y canción española, pop y rock, canción de autor, folclore y música tradicional, músicas del mundo, nuevas tecnologías (hip-hop, dj´s, electrónica, etc.) y nuevas músicas.

Estimamos muy importante la opinión de las diferentes asociaciones y colectivos sobre estas músicas y les agradeceríamos nos enviaran una respuesta a la siguiente pregunta:

En su opinión, ¿de qué manera se puede fomentar, mejorar y dignificar la situación de la música popular en España?

La respuesta pueden enviarla a musicaspopulares@inaem.mcu.esAgradecemos de antemano su colaboración.

Saludos cordiales
Ministerio de Cultura INAEM
Giuliana Cesarini / Pablo Sanz / Agustín Galán
Oficina de la Música Popular
Plaza del Rey 1,
28004 Madrid

25.10.07

RECONOCIMIENTO EXPRESO AL COPYLEFT EN LA LISI

El Congreso aprobó ayer la Ley de Medidas de Impulso a la Sociedad de la Información (LISI), con el voto a favor de todos los grupos, excepto el popular.
El nuevo texto hace un reconocimiento expreso a las licencias copyleft y obliga a que todos los contenidos de titularidad pública deban ser publicados en Internet.
"Los contenidos de titularidad pública podrán ser reutilizados públicamente para copia, estudio o distribución de forma libre. Se trata de un paso fundamental hacia una sociedad con acceso libre al conocimiento para todas las personas" afirma Lourdes Muñoz, Diputada Socialista.
Toda la noticia en Bottup.com

21.10.07

NOTIFICACION DE LA FUNDACION COPYLEFT A LA BRIGADA DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA

La función constitucional de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, conforme el artículo 104 de la Constitución española, consiste en la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades por parte de los ciudadanos, así como garantizar su seguridad.

La Circular número 1/2006 de la Fiscalía General del Estado, de fecha 5 de mayo de 2006, “Sobre los delitos contra la propiedad intelectual e industrial tras la reforma de la ley orgánica 15/2003”, establece la diferencia entre “los intermediarios de la trasmisión de información, el almacenamiento de datos o el enlace a contenidos proporcionados por los usuarios”, disponiendo el criterio acusatorio que el Estado ha de seguir ante dichos delitos.

En cumplimiento estricto de dicha Circular, la Fiscalía solicitó mediante su escrito de fecha 12 de abril de 2007 el sobreseimiento, por no constituir delito, de las actuaciones en el caso Sharemula seguidas ante el Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid, número de Diligencias Previas 1089/06 y cuya defensa ha sido efectuada por dos patronos de la presente Fundación, los letrados David Bravo y Javier de la Cueva.

  • Ante la actuación habitual de la Brigada de Investigación Tecnológica en los casos de enlaces a archivos de redes de pares, actuación en la que se aparta sistemáticamente de la instrucción que la Fiscalía General del Estado tiene acordada para la acusación pública en dichos supuestos.
  • Habida cuenta, asimismo, que la Brigada de Investigación Tecnológica en los casos de enlaces sigue la postura procesal de la acusación particular representante de la industria calificando jurídicamente los hechos objeto de investigación como delito contra la propiedad intelectual, en contra de la postura de la Fiscalía, como así consta en su Informe de las actuaciones del caso Sharemula.

La FUNDACIÓN COPYLEFT notifica a la Brigada de Investigación Tecnológica y demás integrantes de las Fuerzas y cuerpos del Estado que investiguen este tipo de delitos, que interpondrá las acciones legales siguientes en el caso de producirse los supuestos que se enumeran:

  • En el supuesto en que el funcionario policial se aparte de lo dispuesto en la Circular número 1/2006 de la Fiscalía General del Estado, que señala cómo el Estado ha de ejercer el ius puniendi, La Fundación Copyleft procederá mediante querella por el delito de prevaricación y, en su caso, cohecho.
  • En el supuesto en que, además, apartándose de lo dispuesto en la Circular, se proceda a la detención del ciudadano, la querella se interpondrá también por detención ilegal.
  • Lo anterior se hará efectivo desde el conocimiento por la Fundación Copyleft de cualquier investigación en curso, en cualquier estado procesal, sobre hechos de igual naturaleza que los ocurridos en el caso Sharemula ocurridos a partir de esta fecha.

Reiteramos que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado han de someterse al Ministerio Fiscal, estar al servicio de los ciudadanos y no de grupos empresariales, y dedicar sus esfuerzos y recursos a los delitos reprochables que se cometen en la Red, no destinando los escasos recursos públicos a satisfacer intereses privados.

Manifestamos nuestro respeto absoluto a la Ley, a las resoluciones judiciales y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, deseando que la imagen de dichas instituciones no pueda verse manchada por funcionarios individuales de conductas reprochables jurídicamente.

La presente notificación se realiza públicamente vía Internet, sin perjuicio de su formalización por escrito mediante correo certificado.

En Barcelona, Madrid, Las Palmas de Gran Canaria y Sevilla, a veintidós de octubre de dos mil siete.

El Patronato de la Fundación Copyleft.

La notificación original en Fundación Copyleft

25.7.07

LOS NUEVOS VIKINGOS

A mi vuelta de un viaje por tierras vikingas me encuentro con tres artículos realmente vikingos:

MACROHÓLDING TECNOLÓGICO SGAE, UN CHOLLO PARA DIRECTIVOS

SGAE: 10 edificios para pasarlo pirata

Un hijo talentoso: la Fundación Autor de la SGAE multiplica por 110 sus activos en 3 años

Hace ya muchos años que la SGAE habló con varias familias canarias para comprar un inmueble en la magnífica zona de Vegueta en la isla Gran Canaria. Así que su Plan Sedes Integrales no me ha sorprendido lo más mínimo. Un auténtico plan vikingo.

Lo que no aparece en estos artículos es el por qué una sociedad de gestión de derechos quiere apropiarse de espacios escénicos mientras que otra sociedad de gestión de derechos mueve ficha con la intención de controlar un sistema de contratación de música en directo. Otro auténtico plan vikingo.

Yo creo que solo pueden ser dos cosas:

- Quieren las sociedades de gestión más tarta intentando monopolizar también los directos porque consideran que no ganan lo suficiente.
- Temen las sociedades de gestión perder parte de la tarta que tienen con las sentencias en contra y necesitan desarrollar una nueva intentando monopolizar también los directos.

En cualquier caso parece que tienen claro que el directo es donde está el futuro al igual que las discográficas. Por otro lado la inversión en patrimonio histórico tampoco es mal negocio.

No, si tontos no son estos nuevos vikingos.

24.7.07

ALBERTO VAZQUEZ-FIGUEROA

Le conocí con motivo de la salida de mi trabajo Junonia Minor y me invitó a su casa. Me sorprendió su amabilidad, sencillez y generosidad. Hace poco volvía a hablar con él para tratar de su colaboración en un nuevo proyecto de ARTENARA y me atendió con el mismo talante.
Pero acabo de enterarme de que ha tomado la decisión de que sus próximos trabajos los va a publicar en Internet para el libre acceso. Otra persona más con dos dedos de frente que se apunta al movimiento de la cultura libre y a la lucha contra el monopolio cultural de los que dicen defendernos. Solo que en su caso se trata de uno de los grandes. Uno que ahora es muchísimo más grande por su generoso gesto.
No se pierdan su carta en la que lo explica todo.

7.7.07

Entrevista a John Perry Barlow

John Perry Barlow afirma en unas declaraciones para Terra Magazine que la imposición agresiva del copyright y de las patentes no es más que la forma de imperialismo más reciente, un intento del cuadrante noroeste del planeta de regular el pensamiento humano.

Toda la entrevista pinchando aquí.

Yo, en general, estoy de acuerdo con su punto de vista. ¿Por qué entonces Google me pone publicidad de gente que se dedica a registrar patentes? ¿Alguien sabe como puedo evitarlo?

1.7.07

LOS IDIOTAS TIENEN MIEDO

Carlos López, presidente de Sony-BMG, ha declarado a la revista Escenarios de mayo 2007 que cuando los tiempos cambian los idiotas tienen miedo. Siempre ha pasado. Cualquier cambio tecnológico surgido a lo largo de la historia ha provocado el miedo del idiota, del que no está preparado. Es el miedo que ha provocado la aparición del coche a motor en el conductor de coches de caballos… No se puede pretender que no se fabriquen coches porque alguien no sepa conducirlos: que aprendan a conducirlos.

Estas declaraciones, aunque pudiera parecer lo contrario, no hacen referencia a la situación de los directivos de las compañías discográficas multinacionales frente a modelos como el copyleft, myspace o el p2p. No, en realidad las hace refiriéndose a los representantes artísticos porque Sony-BMG ha creado Spot! y Spot! Live que se dedican, entre otras cosas, a representar a sus propios artistas por aquel “que todo quede en casa” y han levantado cierto revuelo entre algunos socios de A.R.T.E (la Asociación de Representantes Técnicos del Espectáculo) por lo que consideran intrusismo, competencia desleal, etc.

Yo creo que el ejemplo no es apropiado por dos razones; primero es bastante borde y segundo porque este modelo de negocio que ahora defiende el presidente de la multinacional Sony-BMG no creo que suponga ningún avance ni en la Sociedad de la Información ni en las TICs. Solo es asumir el trabajo que ya hacían otros. No hay ningún cambio tecnológico en eso que yo sepa. Como tampoco es ningún “nuevo modelo de negocio” como afirma en el artículo porque ese modelo (yo te grabo en mi estudio, te edito en mi editorial, te publico en mi discográfica, te distribuyo con mi distribuidora, te fabrico en mi propia fábrica, incluso te vendo en mis tiendas, yo te represento, yo te vendo los bolos, yo te alquilo el equipo de sonido y de luces, yo seré tu técnico de sonido y tu amante bandido, y todo esto solo a cambio de que firmes al final de este bonito contrato) ya lo venían haciendo desde tiempos inmemoriables un montón de pequeñas compañías en nuestras provincias.

28.6.07

EL EQUILIBRIO

Rafael Sánchez Aristi, Profesor Titular de Derecho Civil, afirmó en su conferencia titulada Las licencias Creative Commons: un análisis crítico desde el derecho español, en el marco de las XII Jornadas sobre Propiedad Intelectual de los Escritores en la Práctica que no se trata de renunciar al copyright, o de observarlo como un mero obstáculo o restricción a la difusión del conocimiento (otros movimientos más radicales así lo creen), sino de que, en las coordenadas actuales y conforme a las tendencias legislativas que se vislumbran, es dudoso que las leyes de derecho de autor estén captando bien el equilibrio entre los intereses de los creadores (proteger de la forma más intensa posible sus derechos de propiedad intelectual) y los de los usuarios (acceder de la forma más libre posible a la información y el conocimiento). Cuestionan también los seguidores de este movimiento que los derechos de autor sirvan realmente a proteger a los creadores, en lugar de a las grandes empresas que operan en el mercado de bienes intelectuales…

21.6.07

WIKINOMICS

Tanto para aquellos que todavía no se han quedado que con el cambio de siglo se ha producido un paradigma como para aquellos que entendieron la necesidad de un cambio de modelo económico recomiendo muy efusivamente el libro de Don Tapscott y Anthony D. Williams titulado WIKINOMICS editado por Paidós Empresa.

No deja de maravillarme que un modelo fraguado entre mundos dispares como el del software y la música esté afectando a todo el sector productivo mundial. Grandes multinacionales están aplicando un nuevo modelo basado en la interacción entre iguales y los proyectos libres.

La economía mundial ya percibe cambios profundos en la estructura y modus operandi de la empresa y nuestra economía, basados en nuevos principios de competitividad como la apertura, la interacción entre iguales, el compartir y la actuación global.

En el libro sus autores nos proponen <<Únase a nosotros en la producción entre iguales de la guía definitiva de la estrategia del siglo XXI en www.wikinomics.com>>

20.5.07

La propiedad social de los contenidos

Del 18 al 20 de Mayo en Caracas han tenido lugar las Jornadas Internacionales “El derecho ciudadano a informar y estar informados”. Quisera destacar aquí de la intervención de José Ignacio López Vigil "La propiedad social de los contenidos" un fragmento que comparto plenamente.

... Durante la Conferencia General de la UNESCO celebrada en París en octubre 2005, fue aprobada la Convención sobre Protección de la Diversidad Cultural y las Expresiones Artísticas. De los 151 países miembros de la UNESCO presentes en la sala, casi la totalidad votaron a favor.

Sólo dos países votaron en contra, Estados Unidos e Israel. Estos dos países consideran que los productos culturales deben comprarse y venderse igual que los tomates o los jabones y, por lo mismo, deben dejarse guiar por la mano invisible del mercado.

Pero el arte no es una mercancía. Los bienes culturales no pueden someterse a las leyes de la Organización Mundial de Comercio. Según la UNESCO, cada Estado es soberano para elaborar políticas públicas que defiendan y promuevan su literatura, su idioma, su cine, su teatro, su cultura. Una soberanía que se ejerce poco, avasallada por la industria cultural norteamericana...

...La UNESCO habla de proteger la cultura, de defenderla. Pienso, junto con otros muchos colegas, que la única forma de proteger la cultura es compartirla. Para contrarrestar el pensamiento único y el gusto único que nos quiere pautar el imperio gringo, el camino no es otro que proclamar la sociedad global del conocimiento. Hoy, gracias a Internet, este sueño se hace posible...

Toda la intervención en http://www.rebelion.org/noticia.php?id=51106

9.5.07

OTRA MÁS

Ya estoy empezando a perder la cuenta pero hay otra sentencia favorable más al copyleft. La he leído en el Blog del abogado especializado en estas cuestiones Javier de la Cueva.

Se trata de una sentencia que resulta muy cómoda de leer para gente no experta en leyes en la que, en mi modesta opinión y dicho con todos los respetos, parece que el Sr. Juez se ha estudiado el tema de las licencias Creative Commons y el copyleft en serio con la intención de dejar una sentencia para todos los públicos que traerá cola. Copio y pego un fragmento.

Sin embargo, en los últimos tiempos está alcanzando en nuestro país cierto auge un movimiento denominado de "música libre", muy relacionado con la expansión de Internet como medio de distribución musical. De un modelo de difusión de los contenidos musicales limitado a la venta y al alquiler de ejemplares, controlado por la industria de contenidos, se ha pasado a un modelo casi ilimitado, gracias a la difusión global que proporciona Internet, ámbito en el que los propios creadores, sin intermediación de la industria, pueden poner a disposición de los usuarios de Internet copias digitales de sus obras. Este fenómeno ha originado la concurrencia o coexistencia de diferentes modelos de difusión de contenidos en relación a las nuevas posibilidades ofrecidas por Internet:

a) El tradicional, basado en la protección de la copia ("copyright"), que busca una restricción del acceso u uso del contenido "on line", recurriendo a fórmulas negociales de carácter restrictivo y medidas tecnológicas de control de accesos, que se subsumen en los llamados "Digital Rights Management".

b) Un modelo que proporciona acceso libre "on line" a los contenidos, permitiéndose en ocasiones el uso personal de los mismos (modelos de licencia implícita) y, en otros supuestos, la difusión libre de la obra, su transformación e incluso su explotación económica, con la única condición de citar la fuente. Se trata de los modelos de dominio público y de licencias generales (General Public License), como son, por ejemplo, las licencias "creative commons", algunas de las cuales incluyen la cláusula "copyleft".

Todo el artículo en http://derecho-internet.org/node/406

30.4.07

MAGNÍFICO ARTÍCULO DE BEATRIZ BUSANICHE

No tenía el placer de conocer a Beatriz Busaniche aunque fuera virtualmente. La he descubierto por casualidad (como suele pasar en el ciber espacio) y me ha encantado de entrada tres cosas; que firma con nombre y apellido, que pone su foto real y que ha escrito un magnífico artículo sobre la OMPI y el Día de la Propiedad Intelectual que copio y pego.

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El Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) nos recuerda, en un texto dedicado al Día de la Propiedad Intelectual, que el lema de su organización para este año es “Fomentar la Creatividad”, y provee ejemplos de maneras en las que distintas formas de “propiedad intelectual” actúan como incentivos. Sin embargo, la tragedia de los ejemplos que la OMPI calla es mucho más elocuente que la promesa de aquellos cuyas loas canta.

OMPI menciona que el derecho de autor permite a algunos músicos proyectar sus obras a todo el mundo, pero olvida decir que difundirlas a través de redes peer-to-peer (P2P) como Bittorrent puede ser mucho más eficaz a ese fin que el recurso de someterse a las condiciones leoninas de las discográficas, las que toman control de dónde y cómo se difundirá la música, pagan regalías misérrimas (cuando las pagan), y por lo general sólo publican obras una vez que sus autores les ceden sus preciosos derechos patrimoniales sobre ellas.

Tampoco menciona la persecución y criminalización de niños y familias enteras por participar en redes P2P, acusándolos de infracción al derecho de autor basándose en suposiciones, evidencia dudosa e interpretaciones maximalistas de tal derecho. Ni las iniciativas, también fomentadas por su organización, para exigir a las bibliotecas el pago de derechos de autor por el préstamo de libros a sus parroquianos (pago que, por lo general, termina en manos de las gestoras colectivas de derechos y la editoriales, y no va al bolsillo del autor).

El hecho de que la exagerada duración del derecho de autor propuesta por su organización sea responsable de que grupos de admiradores de James Joyce no puedan aún leer sus escritos cuando lo celebran no parece merecer la atención de la OMPI, y tampoco la realidad de que esa misma duración sea la causa de que no hayan entrado nuevas obras al dominio público por casi un siglo, condenando a miles de ellas a desaparecer para siempre, ya que no se las puede preservar (copiar o digitalizar) sin violar el derecho de autores imposibles de contactar. Su elogio de las patentes pasa por alto el destino de los millones de personas que padecen de enfermedades tratables, pero que no pueden acceder a los medicamentos necesarios porque alguna empresa de fármacos posee un patente que le permite fijar precios arbitrariamente altos y excluir toda competencia.

También parece ignorar que las patentes aplicadas a la medicina, a la genética, a la informática, a las matemáticas y a otras disciplinas las ha convertido en campos minados, en los que áreas completas del conocimiento no pueden ser exploradas sin antes obtener permiso de sus “dueños”, o que el patentamiento de secuencias genéticas en seres vivos ha permitido a semilleras como Monsanto exigir la destrucción de la cosecha de agricultores cuyos cultivos habían sido contaminados con genes patentados, aún cuando la contaminación se había producido por negligencia de la propia semillera.

El concepto de “Propiedad intelectual” fomentado por la OMPI es engañoso: reúne bajo su paraguas regímenes diferentes, con impactos e implicancias distintas. Es un concepto que confunde para hacernos creer que las ideas son apropiables y que sus “propietarios” tienen derecho a excluir a otros de los beneficios de las artes y las ciencias. Es un sistema que enseña que compartir es un delito, y que sin monopolios no existiría innovación.

Lo que la OMPI denomina “Propiedad Intelectual” no es más que una serie de regulaciones jurídicas que crean monopolios artificiales aplicados a diferentes campos, desde las marcas registradas, pasando por las obras de autor hasta ciertos inventos, sin olvidar los derechos de obtentores de variedades vegetales y otros. Estos monopolios se constituyeron como un experimento social, y son relativamente nuevos en la historia. Su objetivo manifiesto es fomentar las artes y el progreso de la ciencia a través de mecanismos que permitan a autores e inventores tener un monopolio de negocios garantizado por un tiempo limitado, para explotar en forma exclusiva los beneficios de su trabajo. Supuestamente, esto habría de fomentar la creatividad y la innovación.

Sin embargo, vale recordar que Daguerre no necesitó una patente para diseminar masivamente el fantástico sistema que diera origen a la fotografía. Tampoco Mozart necesitó un derecho de autor para crear una música eterna. Ni Cervantes, ni Shakespeare, ni Miguel Angel, ni las culturas nativas. Tampoco los médicos tradicionales patentaron las aplicaciones de las plantas con virtudes curativas ni los pueblos mesoamericanos apelaron a monopolios cuando cultivaron la enorme variedad de formas del maíz que hoy es uno de los alimentos básicos en todo el planeta.

Hoy, el software libre prescinde deliberadamente del monopolio de copia para construir un enorme conjunto de aplicaciones innovadoras a disposición de toda persona que quiera usarlo, estudiarlo, copiarlo y diseminarlo en libertad. Y hay cientos y cientos de artistas liberando efectivamente sus obras para aprovechar las ventajas de la revolución digital.

La OMPI quiere que creamos que no habría invenciones sin patentes, ni libros sin derecho de autor, ni papas sin derechos de obtentor, pero sabemos que no es así. Es posible que estos regímenes, aplicados con mesura y en contextos tecnológicos apropiados, funcionen como incentivos eficaces a la producción de ciertas obras, pero no son imprescindibles. Más aún, de poco nos sirve la producción de obras e inventos si la condición para ello es privar a la sociedad de acceder a ellos.

Por cierto, es difícil para una entidad llamada “Organización Mundial de la Propiedad Intelectual” pensar fuera del marco impuesto por su nombre, pero creemos que el Día de la Propiedad Intelectual es una buena ocasión para llamar a la sociedad a reflexionar sobre los peligros del abuso de estos derechos monopólicos, y a explorar mecanismos alternativos para fomentar las artes y las ciencias, mecanismos que faciliten la circulación y preservación de conocimiento, en vez de impedirlo.

Copyright 2007 Fundación Vía Libre

La reproducción y distribución literal de este artículo completo o alguna de sus partes están permitidas, sin regalías y en cualquier medio, siempre y cuando se preserve este aviso. ¡La redistribución es bienvenida!

23.3.07

¿TIENE SENTIDO EL CANON? ¡NO!

Portalatino SL acaba de enviarme un spam titulado ¿Tiene sentido el canon? que entre otras lindezas se permite en una viñeta adjunta comparar el acto de comprar un pan con el de pagar un canon por, pongamos por ejemplo, comprarte un móvil.

Considero el texto desafortunado porque pretende hacer creer a la opinión pública que el canon es la forma en la que nosotros, los creadores, recibimos una compensación económica por nuestro trabajo, cosa que es absolutamente falsa.

Nosotros, los creadores, cobramos directamente nuestro trabajo igual que el resto de profesionales y no necesitamos en absoluto que la gente en general, incluso los que no tengan el más mínimo interés por lo que hacemos, paguen un canon que se reparte de una manera más que discutible.

Ni los creadores que no son socios de las entidades de gestión, ni los creadores bajo licencias copyleft perciben porcentaje alguno del canon y son tan creadores como el que más. Incluso muchos miles de creadores que sí están dados de alta en las entidades de gestión perciben cantidad alguna o apreciable porque estas no consideran a sus creaciones (sus ideas como dicen ellos) merecedoras de tal recompensa.

Yo creo que el canon sería como si al pan se le pusiera un impuesto para repartirlo entre los fabricantes de embutido porque tal vez ese pan acabe llevando dentro una loncha de chorizo (y digo chorizo sin segundas) y además ese impuesto se repartiera no en base real al embutido que vaya a tener ese panecillo sino en base a unos criterios del recaudador que, dicho sea de paso, lo que sí hace de todas todas es quedarse su buen porcentaje por la gestión.

Hay que decir que consideraría igualmente injusto si el canon se repartiera generosamente entre todos los creadores, fueran de la condición que fueran, y las entidades de gestión, además, no se quedaran porcentaje alguno. Pero sin lugar a dudas sería más difícil rebatir sus comunicados de guerra.

Aquí el texto íntegro de Portalatino SL, del grupo de la Sociedad General de Autores y Editores.

18.3.07

EL COPYLEFT ES COMO EL MATRIMONIO

Con motivo de la salida de mi último trabajo ANYA TESAWIT con el proyecto multidisciplinar ARTENARA, me escribían en un foro de debate que la licencia Creative Commons que lleva el trabajo no era realmente copyleft argumentando que la licencia CC by-sa-nc utilizada, al no permitir un uso comercial, “NO es una licencia copyleft desde ninguna de sus definiciones”.

Investigando sobre la cuestión he descubierto que en esto del copyleft también hay divergencia de opiniones y posturas como en casi todo en la vida.

Así que podrías decirse que el copyleft es como el matrimonio; que unos dicen que matrimonio solo es entre dos personas de diferente sexo, otros dicen que matrimonio también es entre dos personas del mismo sexo, otros llevan siglos diciendo que el matrimonio es entre un hombre y tantas mujeres como pueda mantener o los que afirman que el matrimonio civil no es matrimonio e incluso los hay que se casan con Dios...

Copyleft no es, ni será nunca, lo que unos u otros quieran. El copyleft será lo que la gente y el tiempo, de forma poliédrica, vayan fijando al igual que pasa con el matrimonio. Soy consciente de que siempre habrán curas, que sin ser practicantes del tema en cuestión, dogmatizarán sobre lo que es el matrimonio e incluso se permitirán el lujo de decirnos como debe uno llegar a él y todo eso de que el matrimonio es "hasta que la muerte los separe" y demás planteamientos que en el mundo real no parecen cumplirse en la mayoría de los casos. También soy consciente de que habrá personas que se rasgarán las vestiduras cuando un familiar, compañero de trabajo o vecino se case con otra persona del mismo sexo. Como también soy consciente de que la gente aquí hará lo que mejor considere y ya no lo parará ni el Vaticano ni el Talibán de turno. O al menos eso espero.

No deja de ser curioso que tampoco el copyright americano y el derecho de autor europeo se pongan de acuerdo. Como también lo es que el concepto copyright evolucionara con el paso de los años y la idea primigenia no es la misma que en la que se ha convertido (sociedades de gestión colectiva obligatoria, canon y demás cuestiones incluidas).

Yo respeto y admito, al igual que me pasa con el matrimonio, que las cosas tengan distintos puntos de vista que coexistan en paz y armonía. Siempre hablo de que la verdad es poliédrica, como decía antes, y opino que cada uno tiene que defender su punto de vista desde el respeto y aplicar para su vida en libertad el que estime en conciencia. Por eso, y por muchas cosas más, afirmo que ANYA TESAWIT es copyleft.

Espero que este punto de vista no suponga un cisma o una hecatombe para el movimiento copyleft.

10.3.07

GRACIAS

Quisiera contarles aquí algo que poco o nada tiene que ver con lo que normalmente cuento en esta bitácora. Pero tengo la necesidad de comunicar esta experiencia que ha marcado profunda e indeleblemente tanto a mí como a mi familia así como a mis amigos más cercanos. Una experiencia de amor y entrega que ayuda a encontrar el sentido de la vida a un agnóstico recalcitrante como yo.

Hace poco más de un año vino a este mundo un ser especial. Un alma que se encarnó en niña y se materializó en Cantón, China. Aparentemente una niña abandonada más.

Tuvo que esperar siete meses atada a una tabla, sin que la bañaran y vaya usted a saber que penurias más, para poder realizar su obra. Siete meses que debieron ser terribles si no fuera porque realmente ella estaba preparada y dispuesta para su cometido. Su gran obra merecería la pena.

Una familia española, a decenas de miles de kilómetros y casi tres años antes de ella nacer, tomaba la decisión de adoptar a una niña china. Querían adoptar no porque no pudieran tener hijos ya que tenían dos. No por tener la niña que nunca les vino ya que tenían una preciosa Isabel de cinco años. No. Querían adoptar por ayudar. Por ser solidarios. Por contribuir a mejorar este mundo lesionado. Querían compartir su amor con un ser necesitado.

No voy a explicar aquí la absurda y carísima tramitación que tienen que pasar las familias para adoptar un niño mientras este pasa horas, días, semanas y meses en condiciones infrahumanas. Otra situación incomprensible de nuestro mundo actual. La cuestión es que llegó el día en que esta familia pudo desatar, lavar y alimentar a su hija. En realidad hicieron mucho más. Le dieron lo mejor de sí mismos. Le entregaron todo su amor.

Enseguida se dieron cuenta de lo que realmente estaba pasando. Queriendo ayudar, queriendo dar, recibían muchísimo más de aquel ser que ya llevaba sus apellidos. Un ángel había entrado en sus vidas.

Pero el destino, el cruel destino, estaba preparando un duro revés. Una dura prueba que solo las almas superiores saben aprovechar. A los cinco meses de su nueva vida esta niña enfermó. Tres meses de lucha, ingresos y tratamientos. Tres meses de padres en vela y profunda desazón. Tres meses que nuestra protagonista utilizó para fraguar su gran legado. Tres meses en los que enseñó a sus padres el auténtico sentido de la vida. Tres meses sin quejas, ni reproches, ni lágrimas. Tres meses, hasta el último aliento, de sonrisas y amor infinito.

A los pocos días pude estar con su desconsolada familia. ¡Menuda lección me dieron! No sabría explicarlo con palabras. Parecía que tenían claro que la niña era un ángel y que habían sido unos privilegiados por haber podido estar unos meses con ella. No voy a decir que estaban contentos, porque no lo estaban en absoluto. Pero digamos que sabían que su hijita había sido feliz y que esta les había dado una grandísima lección. Era evidente que incluso si hubieran podido saber el desenlace final la hubieran adoptado de igual manera.

Como he dicho al principio, esta experiencia no solo me ha ayudado a mí. También lo ha hecho a mi familia y amigos. Y estos a su vez lo han transmitido a los suyos. Y quien sabe, puede que a alguno de los lectores de este humilde blog también le pueda servir este legado de alguna manera.

La verdad es que he conocido ha personas que viviendo decenas de años no han sido capaces de dejar una obra siquiera interesante. Y algunos hasta lamentable. De hecho se positivamente que a mis 46 años no he hecho ni una cuarta parte (siendo optimista) de lo que ella hizo en tan solo poco más de un año.

En cambio, una niña abandonada, una desconocida de la que ni se su nombre, porque ni me he atrevido preguntarlo, nos brinda una herencia única.

Gracias. Gracias a ti. Gracias a tus padres biológicos. Gracias a tus padres adoptivos. Gracias a todos los seres especiales que pueblan este mundo y que nos ayudan a ser mejores y crecer.

9.3.07

MI TESOROOOOOO

Casi todo el mundo ya considera la capacidad creativa como un bien preciado. Pero no todos con el mismo fin. Mientras que la Constitución española defiende el acceso de todos a la cultura otros solo la ven como producto a restringir para el enriquecimiento de empresaurios y lobbysaurios.

Parece ser que en este último grupo se posiciona el Sr Javier Cremades, Presidente del FIPI (Foro Iberoamericano de la Propiedad Intelectual) que hablando del potencial creativo de iberoamérica afirma cosas como "Tenemos una materia prima que sería muy parecida a la del petróleo en otras áreas del mundo, pero que puede fluir y puede escapar, el talento se mueve y eso hay que tenerlo muy presente. Hay que buscar fórmulas para ponerle freno".

Al menos eso es lo que aparece en una entrevista publicada en El País Digital que no tiene desperdicio.

Este señor me compara a un yacimiento petrolífero y no está dispuesto a dejar que mi contenido fluya como yo crea conveniente. Quiere que una industria petrolífera "gestione eficazmente" mi potencial para seguir cometiendo el tipo de barbaridades y atropellos a los que nos tienen acostumbrados. Lo que no dice es hasta donde estará dispuesto a llegar para impedírmelo.

POR LA DEROGACIÓN DEL CANON

Afirma acertadamente Pepe Cervera en su blog Retiario que si la justificación del canon es compensar a los autores por los perjuicios que les supone el derecho que tiene todo comprador de su obra de hacer copias para su uso privado, entonces todos los autores deberían cobrar de ese canon. No sólo Bisbal, Ramoncín, Joaquín Sabina y Shakira; también usted y yo. Porque en los reproductores MP3 puede que haya más obras de los primeros, pero en los discos duros de ordenador, memorias 'flash', blogs y tarjetas de memoria de cámaras digitales hay muchas más obras nuestras, del personal civil, que de autores con carné. Si de lo que se trata es de dar de cobrar a quien crea no es justo que unos cobren y otros no. Cuando las cifras, además, nos dicen que la obra de los autores autorizados es cada vez menos relevante, y la obra de todos los demás, nuestra obra, cada vez lo es más. Así que venga; que las gestoras nos acepten en sus filas, y nos recompensen a todos los creadores, con y sin documentación acreditativa, en lo que el justo cálculo de nuestra importancia suponga.

El Sr Cervera pide "su cacho" y razón no le falta. Todos deberíamos pedir nuestro cacho. Pero ya puestos ¿no deberíamos pedir la derogación de esta injusta imposición?

6.3.07

EL CANON ETERNO DE PACHELBEL

Este enlace a youtube nos muestra una visión divertida de como una obra puede marcar la vida de una persona...

O de como una obra puede marcar el desarrollo de la creación...

O de como lo que muchos llaman creación no es más que plagio aunque lo protejan con copyright...

En fin, lo pongo porque me ha hecho reir y espero que ustedes también pasen un buen rato... ¡aunque la cosa sea para llorar!

http://www.youtube.com/watch?v=OGM7PsXGkgg

27.2.07

JOOST SMIERS, UN MUNDO SIN COPYRIGHT

Para Joost Smiers, profesor de Ciencias Políticas del Arte en el Grupo de Investigación y Economía de la Escuela de Arte de Utrecht (Holanda), la mayoría de productos culturales están controlados por una pequeña minoría de empresas.

"No es aceptable que unas pocas empresas controlen todo lo que podemos leer, ver y escuchar". "Lo primero es eliminar el sistema de copyright". "Éste, únicamente beneficia a las grandes empresas culturales y no a los artistas. Sólo un porcentaje muy reducido de los creadores obtiene una cantidad sustancial de dinero a través del copyright" afirma Smiers.

Más información en su libro
Un mundo sin copyright, editado en España por Gedisa.

18.2.07

BEATBOXING FLUTE

Hay jóvenes hoy en día que cuando los escuchas te entran ganas de dejar la música y dedicarte a la pesca. Me refiero a que te hacen sentirte como un auténtico inutil.

Para muestra un botón http://www.youtube.com/watch?v=59ZX5qdIEB0

5.2.07

CANCIONES LIBRES EN CDs CON CANON

En este blog ya he comentado varias veces la absurda situación de tener que grabar mi música copyleft en CDs que pagan canon a SGAE. Ahora en cadenaser.com ocho bandas nos cuentan cómo afecta el canon a su música, algo que cada vez nos pasa a más creadores.

Toda la noticia aquí.

4.2.07

LA PUNTA DEL ICEBERG

El abogado Javier de la Cueva escribe en la Tribuna de El País un artículo de opininión sobre Propiedad Intelectual que considero muy interesante.
"El derecho al canon de los autores representa sólo la punta del iceberg entre dos sistemas enfrentados de concepción de la propiedad intelectual..."
"...El Ministerio de Cultura y tres de las ocho entidades de gestión (SGAE, AGEDI y AISGE) utilizan servidores Apache para servir sus páginas web. Según datos del periódico Cinco Días del pasado 19 de enero de 2007, el navegador Firefox representa ya el 23% de la cuota de uso de navegadores web. En la misma semana del año 2006 en que el grupo La Oreja de Van Gogh lideró el número de ventas con 6.636 ejemplares, Ep3.es puso a disposición de sus oyentes un disco bajo licencia Creative Commons que superó las 20.000 descargas. Mercedes Benz pone en su página web a disposición del público la descarga libre y gratuita de un recopilatorio de música denominado «Mixed» cuyas condiciones de distribución son que el uso de la obra y su difusión no deben ser para uso comercial. ¿Qué tienen en común los anteriores ejemplos? Todos los casos citados suponen un nuevo modelo de propiedad intelectual que se engloba bajo el Movimiento Copyleft..."
"...El Copyleft es un movimiento que no tiene departamento comercial, por lo que de momento sólo los iniciados lo conocen y no es una empresa, sino un grupo de ciudadanos de diferentes y muy diversas culturas y posiciones socioeconómicas..."
"...En la actualidad hay millones de obras bajo tales licencias, y existen ya tres resoluciones judiciales de tribunales españoles en las que se exime a establecimientos abiertos al público del pago a la SGAE..."
"...El Estado es el principal pagador del canon... ...Esta situación nos muestra una de las cuestiones que más se eluden en los discursos de las entidades de gestión: que quien más canon paga es el que más almacenaje de información necesita. Y no deja de ser extraño que desde el legislativo se imponga al Estado un gravamen en favor de asociaciones privadas..."
"... el canon ha devenido un robo del derecho de los autores no asociados a las entidades de gestión, autores que como no son socios nunca cobrarán el importe que les corresponde, importe por otra parte imposible de calcular para nadie: el reparto del canon se realiza en función del número de ventas que realiza un autor, presumiéndose que los que más venden son los que más pierden por copias privadas, por lo que son los más indemnizados.

Baste un ejemplo para demostrar el sofisma: un catedrático que no vende un solo libro porque sus alumnos lo fotocopian y se lo pasan entre sí, debiera ser el más indemnizado pero como no vende, no recibe compensación alguna..."
"...el canon es el exponente más notorio de un modelo de propiedad intelectual que está muriendo por la propia evolución tecnológica y al que se le financia desde el Estado mediante mecanismos totalmente irregulares: el pago del canon de un juicio, dicen los Tribunales, supone el cobro de lo indebido. Veremos si el Ejecutivo cumple lo dispuesto por los Tribunales..."

3.2.07

ENCUESTA SOBRE EL CANON

El Pais está realizando una encuesta para recabar opiniones sobre la aplicación del canon digital a nuevos dispositivos como los reproductores de mp3.

12.1.07

CARTA ABIERTA DE ÁLVARO SOBRINO

Álvaro Sobrino es diseñador gráfico, periodista y editor. En su blog crónicas de pseudonimma publica una Carta Abierta Carta a la Fundacion Arte y Derecho de la que extraigo estas afirmaciones que considero interesantísimas por su parecido a las que muchas veces he reflejado en este blog. Él trata la cuestión desde el punto de vista del creador visual. Yo desde el punto de vista del creador musical. Pero no dista gran cosa el contenido.

...Cuando miles de creadores (una inmensa minoría, de momento) estamos trabajando para que los derechos de carácter moral y de carácter económico no estén vinculados, y que estos últimos queden definidos en cada caso según la voluntad del creador (ese es también un derecho), vosotros, atribuyéndoos la voz y representación de todos los creadores, afirmáis lo contrario. No es la creación lo que peligra, no es la cultura, ni tan sólo los derechos económicos que la creación genera, lo único que está en cuestión es vuestro modelo excluyente. Es eso lo que os preocupa, y por si hubiera dudas, lo dejáis claro y diáfano en el siguiente párrafo: “La gestión, divulgación, promoción y defensa del derecho de autor sólo es posible a través de la gestión colectiva de los propios autores”...