tag:blogger.com,1999:blog-13868155.post113852677501813311..comments2023-09-05T10:46:13.985+01:00Comments on Enrique Mateu: CONTESTANDO A DANIEL VICENTEEnrique Mateuhttp://www.blogger.com/profile/10956404385008159334noreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-13868155.post-16293303966987446742010-07-14T14:31:48.234+01:002010-07-14T14:31:48.234+01:00no os deis mal el daniel vicente este estuvo con u...no os deis mal el daniel vicente este estuvo con una amiga mia y vaya tiparraco esta hecho,solo es amble con las niñas ke le aclaman se las lleva se las encandila y poco mas yo las pocas veces ke coincide con el... un creido y un despota y no tiene muchos motivos para ir de subido ke hay cantantes ke en menos tiempo son mil veces mejor , por no ablar de ke su musica deja mucho ke desearAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-13868155.post-1138914854225770122006-02-02T22:14:00.000+01:002006-02-02T22:14:00.000+01:00No pierdas el tiempohttp://esuntroll.blogspot.com/...No pierdas el tiempo<BR/><BR/>http://esuntroll.blogspot.com/2005/06/daniel-vicente-carrillo-irichc-viccahr.htmlAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-13868155.post-1138699914991928392006-01-31T10:31:00.000+01:002006-01-31T10:31:00.000+01:00Me imagino que Irich es Daniel Vicente.Mismo diagn...Me imagino que Irich es Daniel Vicente.<BR/><BR/>Mismo diagnóstico, diferente tratamiento. Me gusta tu forma de plantearlo. Pero no es eso lo que rezuma tu artículo.<BR/><BR/>Defiendo la libertad de elección del autor con su patrimonio. Pero el sistema que defiendes nos prohibe que ejerzamos libremente nuestro derecho.<BR/><BR/>No es justo. La diferencia entre unos y otros es notable.Enrique Mateuhttps://www.blogger.com/profile/10956404385008159334noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-13868155.post-1138662976262698452006-01-31T00:16:00.000+01:002006-01-31T00:16:00.000+01:00Hola, Enrique. Gracias por la reseña y por el trat...Hola, Enrique. <BR/><BR/>Gracias por la reseña y por el trato no sectario que haces de mi artículo. Con todo, no he visto que lo critiques textualmente, quizá porque consideras que mis razones contra el copyleft son muy peregrinas o que no tienen en cuenta los vicios del copyright. No es así. He profundizado hasta cuestionarme el estatus de la propiedad intelectual sin considerarla una falacia o una entelequia, que es la conclusión a la que tendéis muchos en vuestro bando. Es posible, entonces, que coincidamos en el diagnóstico de la enfermedad y que difiramos en lo tocante a su cura. <BR/><BR/>Por lo pronto, me ponen de mal humor argumentos de esta índole, según escribe Álex de la Nuez:<BR/><BR/>"Es decir, que el creador desaparece si no hay remuneración. Viendo el caso de Van Gogh, Rimbaud, Baudelaire, Bach, por el lado de los que crearon gratis y Bisbal, Andy & Lucas, Dan Brown y cia. por el otro, sobran los comentarios".<BR/><BR/>¿Y qué hay que decir entonces de literatos de la altura de Virgilio, inimaginables sin un Mecenas que financiara sus retiros creadores, o de filósofos como Spinoza, que al morir asesinado su protector Johan de Witt tuvo que dedicarse casi de forma exclusiva a pulir lentes, dejado inconcluso su Tratado político y muriendo prematuramente por la inhalación constante de polvo a que se veía sometido en su penosa tarea?<BR/><BR/>Un saludo.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-13868155.post-1138629638847391972006-01-30T15:00:00.000+01:002006-01-30T15:00:00.000+01:00apartado 1 del artículo 25 de la LPI:«La reproducc...apartado 1 del artículo 25 de la LPI:<BR/><BR/>«La reproducción realizada exclusivamente para uso privado, conforme a lo autorizado en el apartado 2 del artículo 31 de esta Ley, mediante aparatos o instrumentos técnicos no tipográficos, de obras divulgadas en forma de libros o publicaciones que a estos efectos se asimilen reglamentariamente, así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, originará una remuneración equitativa y única por cada una de las tres modalidades de reproducción mencionadas, en favor de las personas que se expresan en el párrafo b) del apartado 4 del presente artículo, dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaran de percibir por razón de la expresada reproducción. Este derecho será irrenunciable para los autores y los artistas, intérpretes o ejecutantes».<BR/><BR/>Ahí deja bien claro que primero es la gallina y despues el huevo:<BR/>copia privada -> origina -> canon<BR/>(y no al reves) ;-)<BR/><BR/>Un abrazo, Enrique.<BR/><BR/>PPPerezAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-13868155.post-1138604067393716632006-01-30T07:54:00.000+01:002006-01-30T07:54:00.000+01:00PPPerez,Yo no me refería al canon al CD, me refier...PPPerez,<BR/><BR/>Yo no me refería al canon al CD, me refiería a su abuelete, el canon que pusieron en el pleistoceno al cassette. ¿Es anterior? si lo afirmas será porque te consta, yo creía que nacieron de la mano.<BR/><BR/>Un abrazo y gracias.Enrique Mateuhttps://www.blogger.com/profile/10956404385008159334noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-13868155.post-1138572086061404462006-01-29T23:01:00.000+01:002006-01-29T23:01:00.000+01:00Enrique, yo entiendo con esto:"El afán recaudatori...Enrique, yo entiendo con esto:<BR/><BR/>"El afán recaudatorio les ha llevado, por ejemplo en España, a instaurar el canon por copia privada y es precisamente ese canon que ellos mismos han exigido el que permite a los usuarios hacer copias privadas."<BR/><BR/>... que dices: gracias a la imposición del canon existe el derecho a la copia privada. <BR/>No es así, el derecho a la copia privada nace antes de la imposición del susodicho canon.<BR/>Es justamente lo contrario: por existir un derecho a la copia privada, se aprovecha para meter un canon compensatorio (que no es realmente compensatorio, sino redundante). <BR/><BR/>Por lo demas, estoy de acuerdo con el tiron de orejas al Sr. Vicente por haber sido un "alumno" mal aplicado. ;-)<BR/><BR/>PPPerezAnonymousnoreply@blogger.com